a
heráldica es una disciplina que, en nuestro país, no tiene
cultores, y hasta los más suelen considerar perdida la razón
de quien se dedica a esta 'ciencia'.
Una excepción de esta regla - entre las pocas que deben darse aquí - es Julio Cesar Velásquez Alquizaleth, quien acaba de dar a la estampa un pequeño pero inestimable trabajo sobre las "Reformas y Deformaciones del Escudo de Armas de la República de Bolivia", resumidamente publicado en Presencia en su edición de 6 de agosto del año de 1983. Las Primeras disposiciones consagradas a la creación de los símbolos patrios fundamentales fueron - como se sabe - las leyes quinta y sexta de la asamblea general constituyente de 1825, conocidas también con los nombres de ley número 5 y ley número 6 (ambas) de 17 de agosto del año de la erección del nuevo Estado (1825), y como tales figuran en las páginas 69 a 72 de las Leyes Numeradas y Compiladas de la República Boliviana del doctor don Agustín Iturricha de 1909 (Tomo primero). Velasquez Alquizaleth, tras transcribir el texto de dicha ley, hace - en el mencionado artículo - un estudio histórico ponderable del posterior proceso legal de cambio que en el curso del tiempo ha experimentado por diversas razones el símbolo heráldico fundamental de la Nación. Lo importante del trabajo -no obstante - no consiste precisamente en realizar una reconstrucción histórica de ese proceso, sino -más bien - en llamar nuestra atención sobre las lamentables deformaciones que, por ignorancia, desaprensión y falta de rigor autocrítico nuestros, ha sufrido el escudo de armas de la Nación en las diferentes representaciones litográficas que se han hecho y se hacen con frecuencia de él. Vamos a poner un ejemplo de la monstruosidad de estas frecuentes deformaciones y de la gravedad de la irreverencia patria que ellas llevan consigo, y este es el que se refiere a la distorsión de la imagen del árbol del pan. Respecto a la presencia del árbol del pan, dice el doctor don Jorge Muñoz Reyes, en su libro Geografía de Bolivia (Don Bosco, La Paz, 1977, p.4,1:6): "El escudo de armas de Bolivia es de forma elíptica, dentro de esta elipse aparece el Cerro de Potosí alumbrado por un sol radiante, teniendo delante el árbol del pan y un haz de trigo, una llama completa este cuadro". No obstante, las reproducciones gráficas de las figuras heráldicas y con ellas las del árbol del pan no siempre corresponden a lo taxativamente determinado por ley, y como lo dice Velasquez Alquizaleth, en lugar de alpaca vemos en ellas llama, oveja o chivo. El llamado árbol del pan - tema principal de nuestro ejemplo - es un hermoso árbol corpulento y de abundante sombra, pertenece al genero Artocarpus, y lo conocemos como Artocarpus incisa L. o Artocarpus communis. Se lo llama árbol del pan porque produce unos frutos, denominados rimas, de composición farinosa y cuyo sabor evoca al gusto del pan. Legalmente establecido está por el artículo 4° de la referida ley 6 de la asamblea constituyente de 1825 que ese árbol debe simbolizar en el escudo de armas descrito, 'la riqueza del Estado en el Reino Vegetal". Empero, acontece que, en las ya anotadas representaciones, el árbol del pan que naturalmente es de tronco relativamente delgado y de copa de grandes hojas alternas que lo hacen exuberante casi desde la base, ha sido substituido y suplantado en aquellas por la palmera, la Cocos nucifera, con más tronco que follaje. Pues bien, la palma o la palmera, cuyas hojas semejan una espada y que se diferencian mucho de las grandes hojas del árbol de pan, tiene, en heráldica, el significado de triunfo y victoria, es decir una significación heráldica muy distinta de la que la ley quiso expresar al elegir como símbolo de la riqueza vegetal el árbol del pan. A través de este ejemplo, vemos, con claridad, la gravedad del cambio, y el consiguiente contrapropósito simbológico. Pero lo mismo se puede decir en cuanto al artículo quinto de la ley sexta según el cual: sobre "esmalte verde, una alpaca" significara "la riqueza del Estado en el Reino Animal". Por lo que si nosotros cambiamos la alpaca por la llama o el cordero pasantes o rampantes, estos ya no simbolizaran la riqueza sino el candor y la inocencia. Todo esto es así en heráldica y por lo tanto los ejemplos oportuna y acertadamente señalados por Julio Cesar Velasquez Alquizaleth, entrañan una doble transgresión legal y heráldica, y deben ser reprimidos y rectificados por el Estado, y por los poderes publícos que tienen a su cargo el velar por la corrección con que deben representarse los símbolos patrios. Es deber del parlamento echar una mirada al trabajo de Julio Cesar Velasquez Alquizaleth para mejor ilustración sobre lo aquí anotado. |